Morelia, Michoacán, 26 de noviembre de 2025.- Con la
finalidad de promover una mayor cercanía con la ciudadanía en la atención de
conflictos comunitarios e impulsar una cultura de legalidad y resolución
pacífica en los municipios, el Pleno de la 76 Legislatura votó a favor de
reformar el artículo 67 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Michoacán de
Ocampo.
La Comisión de Fortalecimiento Municipal y Límites
Territoriales puso a consideración de las y los legisladores el Dictamen de la
iniciativa del diputado Alejandro Iván Arévalo Vera mediante el cual se
refuerza el marco institucional ya existente.
En Sesión Ordinaria, el Congreso del Estado aprobó
incorporar las fracciones XVIII y XIX al artículo 67 para señalar que son
facultades y obligaciones la Síndica o el Síndico Municipal el atender y
asesorar a la ciudadanía sobre mecanismos alternativos de solución de
conflictos y canalizar, en su caso, a instancias competentes.
De igual forma, promover campañas de difusión sobre cultura
de paz, legalidad y mecanismos de conciliación municipal.
En la Exposición de Motivos de la iniciativa del legislador
Arévalo Vera se puntualizó la necesidad de que las administraciones de gobierno
municipal se involucren a ampliar las vías de acceso a la solución de
conflictos estudiando y desarrollando nuevos métodos para la solución de
controversias que puedan alternar con la vía jurisdiccional.
“En la mediación se privilegia inicialmente la libre
decisión de las partes, la cooperación y el compromiso mutuo, facilitando con
esto, la continuidad de las relaciones pacíficas reduciendo la posibilidad de
futuros litigios al comprometerse con los principios de legalidad,
voluntariedad, responsabilidad y deber entre los actores involucrados en el
conflicto para resolverlo y poder continuar conviviendo armónicamente”,
detalló.
También estableció que este tipo de instrumentos de justicia
alternativa, son mucho más rápidos y menos costosos a la población;
procedimientos que dan seguridad, pueden ser aplicados a muchas materias,
permiten un alivio o desahogo de los órganos de impartición de justicia comunes
y permiten que se mantengan las relaciones humanas, en este caso de tipo
vecinal.
“La mediación y conciliación se rigen a partir de principios
tales como la voluntariedad, confidencialidad, flexibilidad, neutralidad, imparcialidad,
equidad, legalidad y honestidad”, recalcó.
/REDACCION
