REDACCION
• La
prescripción positiva de inmuebles será interrumpida cuando la posesión
haya sido de mala fe
Morelia, Michoacán, 18 de marzo de 2026.- El Congreso del
Estado reformó el artículo 439 del Código Civil con el objetivo de fortalecer
la seguridad jurídica y la protección del derecho de propiedad de las y los
michoacanos, específicamente respecto de sus bienes inmuebles, ante los
crecientes casos de despojo y apropiación indebida que atentan contra la
dignidad y el patrimonio de personas trabajadoras.
A propuesta de la Comisión de Justicia sobre la iniciativa
en materia de prescripción civil, presentada por el diputado Carlos Alejandro
Bautista Tafolla, las y los legisladores michoacanos, votaron a favor de que
cuando la posesión es de mala fe, la prescripción también podrá interrumpirse
por denuncia o querella penal.
Pero se tendrá por no interrumpida cuando se extinga la
acción penal o se pronuncie cualquier otra determinación que tenga los efectos
de la sentencia absolutoria.
En el Dictamen quedó establecida que dicha iniciativa surgió
al observar que la legislación que estaba vigente se permitía la adquisición de
la propiedad por prescripción positiva aún en casos donde existían indicios de
mala fe.
“Como sucede cuando una persona toma posesión de un bien
inmueble mediante actos de violencia, intimidación, engaño o cualquier forma de
despojo, y posteriormente pretende consolidar esa posesión en propiedad
legítima, amparándose en el simple transcurso del tiempo”, se precisó”.
En la redacción de su Dictamen, la Comisión de Justicia
determinó la importancia de contemplar la posibilidad de interrupción de la
prescripción adquisitiva de mala fe por denuncia o querella penal, como una
manera de otorgar, a quien considere que tiene mejor derecho y haya sido
afectado en la posesión por actos delictivos.
Así mismo, la oportunidad de que pueda ejercer sus derechos
procesales correspondientes en un proceso penal, y ello tenga la capacidad de
interrumpir la prescripción adquisitiva de mala fe que alguien pretenda operar
en su contra por el solo transcurso del tiempo.
