LXXVI Legislatura informa:
• Ante
altas temperaturas que prevalecen en la entidad, buscan garantizar la
hidratación en centros educativos
Morelia, Michoacán.- Con
28 votos a favor, el Congreso del Estado aprobó un acuerdo mediante el cual
exhorta a la Secretaría de Educación para que en coordinación con la Secretaría
de Salud y el Instituto Estatal de Infraestructura Educativa, garanticen el
mantenimiento y operatividad de los bebederos en las escuelas de preescolar,
primaria y secundaria en Michoacán.
A propuesta del Diputado Hugo Ernesto Rangel Vargas, las y
los integrantes de la Septuagésima Sexta Legislatura determinaron que ante la
ola de calor en el estado, es urgente proteger a las niñas, niños y
adolescentes michoacanos, dotándolos de herramientas e insumos de protección a
su salud.
En su exposición de motivos, el legislador precisó que en el
año 2024, en el país, la capital mexicana rompió una marca histórica de alta
temperatura al alcanzar los 34.4 grados, poco más de dos grados arriba del récord
anterior de 1996 (32°).
Explicó que las altas temperaturas que se tienen aún en
algunas zonas del estado, es provocado por un sistema de alta presión en
niveles medios de la atmósfera que impide la formación de nubes, reduce la
humedad y favorece cielos despejados, lo que intensifica la radiación solar, lo
que eleva las temperaturas diurnas y nocturna.
Para contrarrestarlo, existe catálogo de medidas entre las
que se encuentran evitar la exposición al sol entre las 11.00 y las 16.00
horas; mantenerse hidratado, consumiendo agua y bebidas con electrolitos,
incluso sin sentir sed; usar ropa ligera, de colores claros, y protegerse con
sombreros o gorras.
Ante el Pleno legislativo quedó de manifiesto que la
hidratación es fundamental para sobrellevar altas temperaturas y se recordó que
la Ley General de Infraestructura Física y Educativa en su artículo 11, mandata
que debe garantizarse la existencia de bebederos suficientes y con suministro
continuo de agua potable en cada inmueble de uso escolar conforme a los
lineamientos que emita la Secretaría de Salud en coordinación con la Secretaría
de Educación Pública.
Así mismo, que conforme a lo establecido en la Ley General
de Educación, en su artículo séptimo, se garantizará la existencia de bebederos
suficientes y con suministro continuo de agua potable en cada inmueble de uso
escolar.
Por lo anterior, las y los legisladores michoacanos,
instaron a las dependencias estatales correspondientes a fin de que en el
ámbito de sus competencias, garanticen el mantenimiento y operatividad de los
bebederos escolares en las escuelas de preescolar, primaria y secundaria. /REDACCION
