Morelia, Michoacán; a 12 de febrero de 2026.- La 76
Legislatura a fin de contribuir a fortalecer la armonización de las finanzas
del Estado y con ello dar claridad y certeza jurídica al contribuyente, aprobó
reformar los artículos 70 y 71 de la Ley de Hacienda de Michoacán.
En sesión ordinaria, con 32 votos a favor se aprobó que el
Gobierno del Estado podrá obtener ingresos que se generen por la utilización,
aprovechamiento o enajenación de bienes de propiedad del Estado, en términos de
lo previsto en la normativa aplicable a la materia.
En este sentido, las Comisiones de Hacienda y Deuda Pública
y de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública especificó que la ley ya prevé
los supuestos a través de los cuales el Estado obtiene ingresos para cubrir los
gastos públicos generados por el ejercicio de la función pública a su cargo.
Por ello, al aprobar dicha reforma se atiende la
actualización normativa así como la adaptación de los cambios en materia
contable pasando del capítulo de los aprovechamientos al de los productos.
Cabe señalar que los productos son las contraprestaciones
por los servicios que preste el Estado en sus funciones de derecho privado, así
como por el uso, aprovechamiento o enajenación de bienes del dominio privado
del Estado.
Es así que las y los legisladores dan claridad a la forma en
que el Estado recaude en favor de sus ciudadanas y ciudadanos, siempre bajo los
principios de certeza y seguridad jurídica para que el ingreso que se recaude
sea regresado a estos en su beneficio. /REDACCION
